Resultará subvencionable la contratación, por un periodo de entre
3 y 12 meses, de las personas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditadas por los
servicios sociales de cualquier Administración pública.
b) Personas menores de 30 años.
c) Personas mayores de 50 años.
d) Personas con diversidad funcional.
e) Mujeres.

Cuantía: El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el
85 % (el 75 % en el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje) del Salario Mínimo Interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación de la persona contratada por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.

Los contratos a tiempo parcial de al menos 15 horas semanales
resultarán subvencionables con reducción proporcional de la subvención

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