Hasta el 14 de diciembre de 2022
Fundación EOI
Objeto del programa:
Seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas que deberán desarrollar Programas de Formación en el ámbito de la Transformación Digital, dirigidos a personas de equipos directivos de Pymes de entre 10 y 249 empleados en todo el territorio nacional. Máximo 2 personas por empresa.
Una formación que atienda a los requerimientos del entorno digital y al cambio de los modelos de negocio que se está produciendo en el entorno de las pequeñas y medianas empresas («pymes»).
Estas acciones formativas podrán adoptar el formato de microcredenciales y serán susceptibles de ser acreditadas posteriormente en el marco de la normativa autonómica reguladora de la acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.
Su ámbito de aplicación es nacional, aunque, en cada convocatoria se podrá particularizar el ámbito geográfico de la subvención.
La convocatoria se gestionará por concurrencia competitiva.
Estas ayudas son incompatibles con la percepción de cualquier otro tipo de ayudas ingresos o adquisición de recursos para el mismo fin.
Cuantía de las ayudas: 2.600 € por alumno.
Sujeta a la ejecución del programa de formación por el beneficiario.
Beneficiarios y sus requisitos:
Entidades de formación siempre que estén válidamente constituidas desde, al menos tres años antes de la fecha de publicación en el «BOE» del extracto de la convocatoria correspondiente (15-11-2022) y que:
Cuenten con al menos un establecimiento o sucursal en España en el momento de la solicitud.
Estén acreditadas (nacional o internacionalmente) para impartir al menos un título de grado o postgrado.
Cuenten con experiencia de al menos 2 años en formación a directivos en el ámbito de la transformación digital.
Dispongan de recursos económicos y materiales suficientes para ejecutar la ayuda. Entendiendo como tales, disponer de un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles, por un importe de al menos el 50 % del importe de la ayuda total solicitada.
Dispongan de recursos humanos suficientes para ejecutar la ayuda solicitada, conforme a cada convocatoria. Entendiendo como tales disponer, en el momento de presentación de la solicitud, al menos el equivalente a tres personas a tiempo completo con relación laboral con la entidad. Se deberán comprometer, asimismo, a mantener estos recursos a lo largo del período de desarrollo de las actividades objeto de la subvención.
Podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo actividades de formación en cooperación. La agrupación debe estar formalizada documentalmente mediante un convenio o acuerdo en el que se establezcan los derechos y obligaciones de los participantes, entre otros aspectos. Tanto en la solicitud como en la resolución figurarán los compromisos asumidos por cada miembro. Serán responsables solidarios.
Cumplan con los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Criterios de valoración de las propuestas:
Los criterios de valoración de propuestas y su ponderación es la siguiente: (Puntuación máxima 100 puntos)
a) En relación con la entidad formadora:
1.º Experiencia en formación similar a la propuesta en contenidos: max. 30 ptos.
1.a) En formación a directivos: Hasta 10 puntos.
1 pto por cada año a partir de 2 años.
1.b) Experiencia formativa en Transformación digital: Hasta 15 puntos.
100 a 500 personas formadas en los 5 últimos años: 5 puntos.
De 501 a 1000 personas formadas en los 5 últimos años: 10 puntos.
Más de 1000 personas formadas en los 5 últimos años: 15 puntos.
1.c) Experiencia en formación on line síncrona y masiva (MOOCs): Hasta 5 ptos.
500 en modalidad síncrona, en los 5 últimos años: 2,5 ptos.
3 programas en formato MOOC, en los últimos 5 años: 2,5 ptos.
2.º Capacidad y estructura propia disponible para la realización de las actividades (personal, instalaciones, medios y colaboraciones): max. 50 ptos.
2.a) Porcentaje de mujeres docentes en el claustro: Hasta 5 puntos.
Entre 15% y 25% mujeres: 2 ptos.
Entre 26% y 50% mujeres: 4 ptos.
Más de 50% mujeres: 5 ptos.
2.b) Entidad con certificación EQUIS: 5 puntos.
2.c) Entidad con certificación calidad: Hasta 5 puntos.
ISO 9001: 3 ptos. /// ISO 14001: 2 ptos.
2.d) Capilaridad geográfica, para cada Común. autónoma: Hasta 20 puntos.
2 puntos por cada localidad.
2.e) Herramientas de monitorización de objetivos y resultados: Hasta 10 puntos.
Seguimiento de indicadores: 5 ptos. /// Avance resultados: 5 ptos.
2.f) Relación acreditada con el tejido empresarial: 5 puntos.
3.º Metodología y actuaciones propuestas en el programa: max. 20 ptos.
3.a) Mejoras en la formación: hasta 5 puntos.
Herramientas y metodologías innovadoras: hasta 3 ptos.
Incorporación de3 otras mejoras que aporten valor: hasta 2 ptos.
3.b) Mejoras en la sectorización: hasta 10 puntos.
Programas para grupos del mismo sector: hasta 7 ptos.
Otras acciones para conocer el sector del alumno: hasta 3 ptos.
3.c) Plan de promoción y captación de alumnos: hasta 5 ptos.
Programas para grupos del mismo sector: hasta 7 ptos.
El umbral de admisión de proyectos es de 40 puntos, por debajo de esta puntuación no se admitirán propuestas.
A los efectos de la valoración técnica, no se admitirán modificaciones en los programas presentados una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
En la Comunitat Valenciana se seleccionará un total de 8 empresas de formación.
El importe máximo subvencionable de una entidad formadora sería de 17.134.000 euros.
El beneficiario podrá solicitar, en el plazo de dos meses desde la fecha de resolución, el 20% de anticipo del importe de subvención asignado.
Obligaciones de los beneficiarios:
Garantizar que los destinatarios de las actividades sean exclusivamente el perfil de persona.
Garantizar el control de asistencia a las actividades.
Garantizar que sólo se otorgará el título de aprovechamiento cuando el participante haya asistido al menos al 75 % del total de las horas y haya elaborado la hoja de ruta de su empresa.
Garantizar que los alumnos formalizan su relación mediante la suscripción del condicionado pertinente.
Además:
Participar en las reuniones iniciales de coordinación (con EOI – SEDIA).
Crear, en su página web, una landing específica del programa o similar.
Facilitar a la EOI los datos de cada edición de programa que se planifique (localidad, fechas, modalidad de impartición previstas y plazas ofertadas).
Al inicio de cada programa, informar del detalle de acciones realizadas y participación.
Impartir el programa de formación según las indicaciones establecidas por EOI.
Evaluar el grado de satisfacción de los participantes, garantizando la confidencialidad y la representatividad.
Aportar la documentación justificativa y datos requeridos según MRR del PRTR.
En relación a los plazos ejecución de las actividades: Haber formado menos a un 20 % de los participantes totales en el primer año, a contar desde la fecha de resolución de concesión. Y, finalizar las actividades objeto de subvención antes de dos años desde la fecha de resolución. (Se puede ampliar, de forma justificada y previa autorización, como máximo, hasta el 31 diciembre 2025.
No podrán ser beneficiarios:
Las entidades en situación de crisis, según se define en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.
Las entidades que tengan deudas con alguna de las Administraciones, o que estén sujetas a algún otro caso de incompatibilidad con la posibilidad de recibir alguna ayuda pública en el ámbito del mercado común.
Características del programa formativo:
DURACIÓN: 375 horas de trabajo estimado, equivalentes a 15 ECTs. De ellas,
136 hs. de clase grupales (a lo largo de 4-6 meses).
10 hs. de mentorización individual o grupal, para el desarrollo del Plan de transformación digital de su empresa.
FORMATO: En modalidad presencial – presencial virtual.
De forma previa o durante el programa, los asistentes harán un MOOC de 0,4 ETCs, de la EOI.
CONTENIDO: Anexo 1 de la convocatoria, siguiendo la estructura “Sillabus” de la EOI
TIPOLOGÏA DE ACCIONES: 2 tipos
Clases en grupo
Mentorización individual. En el caso de diagnósticos y necesidades análogas podría ser con hasta 3 participantes.
Opcionalmente: se pueden realizar sesiones inaugurales o talleres. Sin que estas cuenten como lectivas.
SELECCIÓN DE LOS ALUMNOS:
Se deberán preinscribir y la empresa rellenar el test de madurez digital.
Se realizará convocatoria pública que será difundida al menos en la Web de la entidad formadora y de la Fundación EOI
Se promoverá la participación de las mujeres.
Las entidades beneficiarias realizarán la selección de alumnos atendiendo a los criterios establecidos en la convocatoria (art. 41).
Subcontratación de las actividades:
La ejecución de las acciones formativas será realizada directamente por la entidad beneficiaria, sin que pueda subcontratarla con terceros.
A estos efectos, la contratación del personal docente para la impartición de la formación subvencionada por parte del beneficiario no se considerará subcontratación.