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CDTI
Los proyectos de innovación tecnológica son proyectos realizados por empresas con carácter aplicado, muy cercanos al mercado y con riesgo tecnológico medio/bajo, con facilidad de alcance de los objetivos previstos tanto técnicos como comerciales y con cortos periodos de recuperación de la inversión, que apoyen a la empresa en la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías emergentes.
Los proyectos de innovación tecnológica contemplan los siguientes tipos de actividades:
• Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
• Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.
• Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.
No tienen la consideración de proyectos de innovación aquellos proyectos que impliquen cambios o mejoras de importancia menor, aumento de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados o el abandono de un proceso.
Beneficiarios:
Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas las empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal
en España, y desarrollen el proyecto de innovación en España. Se consideran empresas todas aquellas sociedades que se hayan constituido conforme a la Ley de Sociedades de Capital (sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad comanditaria por acciones).
Inversiones y gastos elegibles:
Se consideran inversiones y gastos elegibles:
• La adquisición de activos fijos nuevos que suponga un salto tecnológico importante para la empresa que realiza el proyecto.
• Costes de personal.
• Materiales y consumibles.
• Contratación de servicios externos y subcontrataciones.
• Gastos generales.
• Costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo de 2.000 €.
• Costes de la validación del cumplimiento del principio DNSH de entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto, con un límite de 2.000 €.
Presupuesto mínimo financiable: 175.000€.
Subcontratación de actividad: colaboraciones externas: Con carácter general, las colaboraciones externas no podrán superar el 80% del presupuesto elegible, si bien, el CDTI podrá autorizar hasta el 100% cuando técnicamente esté justificado.
Modalidad y características de la ayuda:
Ayuda Parcialmente Reembolsable con una cobertura de hasta el 75% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración del CDTI. En caso de que el proyecto de innovación sea cofinanciado con cargo a FEDER y siempre según la disponibilidad de fondos, esta cobertura podrá alcanzar hasta el 85% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración del CDTI.
Ayuda bajo el régimen de minimis.
Presentación de solicitudes:
Vía sede electrónica de CDTI (https://sede.cdti.gob.es).
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