El objeto de la presente favorecer la internacionalización de las empresas y la promoción de los productos de la Comunitat Valenciana en el marco de la crisis del Covid-19-
Tendrán la consideración de acciones apoyables las establecidas en los siguientes apartados y realizadas entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.
1. Participación en certámenes feriales internacionales
2. Gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales incluidos en el plan de promoción internacional detallado en la memoria
3. Servicios relacionados directamente con la ejecución del plan de marketing internacional
4. Servicios relacionados con el proceso de registro de marca a nivel internacional
5. Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos
6. Servicios relacionados con la creación de la página web y con la elaboración de material promocional, transporte de muestras sin valor comercial, contenidos audiovisuales, catálogos, folletos y cartelería diversa, así como la adaptación correspondiente a los mercados internacionales, se aceptarán tanto en formato físicos como digitales y hasta un importe máximo de 50.000 euros
7. Gastos de personal técnico en comercio exterior, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa
8. Servicios relacionados con la participación en pliegos de licitaciones en mercados exteriores así como su traducción si fuera necesaria.
9. Otros servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional, realizadas de forma virtual o presencial, para captación y /o consolidación de clientes en el extranjero.
10. En el caso de Reino Unido, gastos de consultoría o de formación relativos a nuevos controles, tramitación aduanera o accesos limitados que puedan variar sus procesos de fabricación y de logística, siendo el importe máximo subvencionable de 10.000 euros