Inicio solicitud: 11-04-2022
Fin plazo presentación: 1-12-2022
Conselleria d´Habitatge i Arquitectura Bioclimàtica GVA
La convocatoria define las ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y de la mejora de la eficiencia energética en viviendas, en las que se obtenga una mejora acreditada de energía primaria no renovable, (un 30% mínimo), con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
En el caso de viviendas también sirve la consecución de una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7 %.
Se establecen 3 tramos de ahorro (de 30 á 45%, entre 45 y 60%, y más del 60%) en función de lo cuál la intensidad de la ayuda se incrementa.
También se diferencian 2 escalas de actuación:
Establece 2 figuras, especialmente dirigidas a facilitar la actuación en edificios:
Las ayudas se otorgan por concurrencia simple. Por orden de llegada de las solicitudes (tras verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos) hasta acabar el presupuesto consignado.
Propietarios o usufructuarios, tanto si son personas físicas como jurídicas, privados o públicos. (Particulares, comunidades de propietarios, entre otros.
El coste de las obras, la gestión inherente al desarrollo de la actuación y los gastos asociados, los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, memorias, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares. El IVA, podrá ser considerado elegible siempre y cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.
No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos.
Bases reguladoras y convocatoria para 2022: DOGV 9312 de 4-4-2022
Corrección de errores (23/09/2022): 2022_8543.pdf (gva.es)